Tu asesoría legal
Asesoría legal
Buenos Aires · Mendoza

Asesoria legal a tu alcance

Somos un estudio de abogados con médicos legistas propios. Te decimos qué te corresponde, cuánto tiempo tenés y qué pasa en cada etapa, sin vueltas. Y si no podés moverte, vamos nosotros: a tu casa o a la clínica.

¿En que podemos ayudarte?

Primera consulta sin compromiso · Respondemos el mismo día · Si no podés moverte, vamos nosotros
Que hacemos exactamente

Nuestros servicios

Estas son nuestras principales áreas de trabajo

No tomamos casos de familia —divorcios, alimentos o tenencia—. Si nos escribís por eso, te vamos a recomendar a alguien de confianza.

Servicios para empresas

¿Representás a una empresa?

Asesoramos a empleadores en accidentes laborales, siniestros de flota y contingencias penales: prevención, respuesta inmediata y defensa en reclamos.

Oficina móvil

No tenemos sala de espera, vamos a donde estás vos

Sabemos cómo es: te lastimaste la espalda, estás con collarín o enyesado, y encima tendrías que cruzar la ciudad para ver a un abogado. Así no. Vamos nosotros, con el abogado y —si hace falta— con el médico legista, para que en una sola visita quedes revisado y con el reclamo empezado.

Tu casaSanatorioClínicaLugar de trabajoLa obra
Antes de empezar

Lo que casi todos nos preguntan

Son las cuatro dudas que frenan a la mayoría. Ninguna es tonta, y todas tienen respuesta.

  1. Si reclamo, ¿me van a echar?

    No estás demandando a tu empleador. Todo empleador está obligado por ley a contratar una ART, y esa aseguradora cobra una cuota todos los meses precisamente para cubrir accidentes como el tuyo. Cuando reclamás, le reclamás a la aseguradora: tu empresa no paga nada y, en general, ni siquiera participa del trámite.

    Además, la ley protege al trabajador que reclama. Si aun así sentís presión en tu trabajo, contanoslo — eso también sabemos manejarlo.

  2. Pasó hace tiempo, ¿ya es tarde?

    Probablemente no. En accidentes laborales el plazo para reclamar suele llegar a los 2 años, y en accidentes de tránsito a los 3 años. El cálculo depende de cada caso —en las enfermedades profesionales el reloj arranca cuando la incapacidad se hace evidente, no el primer día. Antes de darlo por perdido, escribinos: te lo revisamos.

  3. La ART me dio el alta. ¿Ya está?

    No. El alta significa que terminó el tratamiento, no que hayas quedado como estabas antes. Si te quedó dolor, perdiste fuerza o movilidad, o hay tareas que ya no podés hacer, eso es una incapacidad y tiene su propia indemnización.

    Quien decidió que estás bien fue el médico de la aseguradora. Nosotros te ponemos un médico del otro lado del mostrador.

  4. ¿Tengo que ir a Tribunales y pelear años?

    La mayoría de los casos se resuelve sin que pises un tribunal. Y donde haya que ir, vamos nosotros. Vos ponés la firma; el trámite lo hacemos nosotros y te contamos cada paso en castellano, no en abogado.

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